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Operación Renta / Declaraciones Juradas

¿Generas ingresos creando contenido digital? El SII aumenta la información que recibirá sobre estas actividades

Nayadeth Miranda14 de septiembre de 2026
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) estableció una nueva obligación de información para determinadas empresas proveedoras de plataformas digitales que intermedian entre usuarios y creadores de contenido.

La medida se implementa mediante la Declaración Jurada Anual N°1965, sobre Montos Percibidos y/o Devengados por Creadores de Contenido Digital y Empresas Proveedoras de Contenido Digital, establecida mediante la Resolución Exenta N°113, publicada el 31 de agosto de 2026.

¿Cuándo comenzará a aplicarse?

La nueva declaración jurada deberá presentarse por primera vez durante la Operación Renta 2027, respecto de las operaciones correspondientes al año comercial 2026.

El plazo establecido para su presentación será hasta el 29 de marzo de cada año, de acuerdo con las instrucciones del SII.

¿A quiénes alcanza?

La nueva obligación está dirigida a determinadas empresas proveedoras de plataformas digitales que actúan como intermediarias entre usuarios y creadores de contenido.

La DDJJ N°1965 contempla información sobre los montos percibidos y/o devengados por creadores de contenido digital y empresas proveedoras de contenido digital con domicilio o residencia en Chile, cuando sus actividades se desarrollen a través de las plataformas comprendidas en esta obligación.

Entre las plataformas mencionadas por el SII se encuentran Sponsor, Onfayer, UGC y Arsmate, además de otras que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

¿Qué información recibirá el SII?

La nueva declaración permitirá al Servicio disponer de información relacionada con los ingresos generados mediante estas plataformas, fortaleciendo la trazabilidad de este tipo de operaciones.

Esta información podrá ser utilizada como antecedente dentro de los procesos de control y fiscalización tributaria que desarrolla el SII.

La economía digital también es economía formal.

El crecimiento de las plataformas digitales ha generado nuevas formas de desarrollar actividades económicas y obtener ingresos, pero también nuevos desafíos en materia de cumplimiento tributario.

¿Por qué es relevante para los creadores de contenido?

De acuerdo con información entregada por el SII, durante la Operación Renta 2026 declararon sus ingresos 13.855 influencers, de los cuales 3.699 registraron impuestos a pagar, por un monto total superior a $8.298 millones.

Asimismo, aumentó el número de influencers que emitieron boletas de honorarios por los ingresos asociados a sus actividades, pasando de 285 a 440 respecto de la Operación Renta anterior.

Estos antecedentes muestran el crecimiento que han experimentado las actividades vinculadas a la creación de contenido y la importancia que han adquirido dentro de la economía digital.

La nueva obligación permitirá al SII contar con mayores antecedentes respecto de los ingresos asociados a estas actividades, aumentando la trazabilidad de las operaciones realizadas a través de plataformas digitales.

Que un ingreso provenga de una plataforma digital no significa que quede fuera del sistema tributario.

Por ello, para quienes desarrollan este tipo de actividades resulta relevante mantener un adecuado registro, respaldo y documentación de sus ingresos, además de revisar el tratamiento tributario que corresponde según la naturaleza de cada actividad.

¿Qué debería hacer un creador de contenido?

La entrada en vigencia de esta nueva obligación hace recomendable que quienes desarrollan actividades como creadores de contenido revisen desde ahora la forma en que están gestionando sus ingresos y obligaciones tributarias.

Entre los principales aspectos a considerar se encuentran:

  • Identificar y registrar los ingresos obtenidos a través de las distintas plataformas digitales.
  • Mantener respaldo de las operaciones, incluyendo pagos, liquidaciones y otros antecedentes proporcionados por las plataformas.
  • Revisar la documentación tributaria correspondiente, considerando la naturaleza de los servicios o actividades desarrolladas.
  • Determinar correctamente el tratamiento tributario de los ingresos, ya que este puede variar dependiendo de las características de cada actividad.
  • Mantener ordenada la información para la Operación Renta, especialmente considerando que desde 2027 el SII contará con nuevos antecedentes provenientes de determinadas plataformas.
La recomendación es no esperar a la Operación Renta para revisar esta información. Mantener los antecedentes ordenados y respaldados durante el año facilita el cumplimiento tributario y permite contar con información consistente frente a los antecedentes que puedan ser informados al Servicio.

 

Una mirada desde Radar Tributario

La nueva DJ N°1965 no establece un nuevo impuesto para los creadores de contenido. Su objetivo es establecer una nueva obligación de información para determinadas plataformas digitales.
Sin embargo, su implementación representa un paso más hacia una mayor trazabilidad de los ingresos provenientes de la economía digital y entrega al SII nuevos antecedentes para sus procesos de control y fiscalización.
Los ingresos provenientes de suscripciones, publicidad, colaboraciones con marcas, monetización de plataformas u otras actividades relacionadas con la creación de contenido pueden tener distintos tratamientos tributarios, dependiendo de las características y circunstancias de cada caso.
Por eso, el desafío no debería ser solamente cumplir cuando llegue la Operación Renta, sino contar desde antes con una correcta identificación, documentación y registro de los ingresos obtenidos.
La digitalización cambia la forma de generar ingresos, pero no elimina las obligaciones tributarias asociadas a ellos.

 

 

Fuente: Servicio de Impuestos Internos (SII), Resolución Exenta N°113 de 31 de agosto de 2026.

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Nayadeth Miranda
Nayadeth Miranda

Contadora Pública y Auditora · Magister en Dirección Tributaria · Gerenta Outsorcing · Consultora Asociada en Tributación y Outsourcing

Contadora Pública y Auditora, Magíster en Dirección Tributaria. Gerente de Impuesto en CCL AC.